jueves 12 de junio de 2025 - Edición Nº4739

Nacionales | 10 jun 2025

Lorenzetti, Rosatti y Rosenkrantz votaron en contra por orden de Macri, Magnetto y Saguier

Cristina irá presa: tenemos el fallo con el que la Corte manda a la cárcel a CFK


En un movimiento que encendió las alarmas del sistema político argentino, la Corte Suprema de Justicia dictó sentencia en la causa Vialidad, en la que fue condenada en primera instancia la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. La decisión judicial, confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta.

Una causa atravesada por la política y el lawfare

La causa Vialidad, iniciada en tiempos del macrismo, fue señalada por múltiples actores como un caso emblemático de lawfare: el uso del aparato judicial como herramienta de disciplinamiento político. En 2022, el Tribunal Oral Federal N.º 2 condenó a Cristina Kirchner por supuestas irregularidades en la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz, vinculando su figura a la empresa del fallecido empresario Lázaro Báez. Sin embargo, el mismo tribunal descartó los cargos por asociación ilícita, dejando en evidencia la endeblez de parte de la acusación.

Desde el primer momento, la defensa de la exmandataria denunció un proceso viciado, basado en pruebas forzadas, testigos contradictorios y una narrativa sostenida mediáticamente más que en elementos jurídicos sólidos. El juicio oral se desarrolló en un contexto de fuerte presión política, con intervenciones constantes del expresidente Mauricio Macri y sectores del poder económico que han impulsado la idea de una “Cristina presa” como símbolo de victoria cultural.

La Corte acelera en un año electoral: tiempos y tensiones

Los tres miembros de la Corte Suprema —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— rechazaron los recursos extraordinarios presentados por las defensas, allanando el camino para que la Cámara de Casación Penal confirme la condena. Este movimiento tiene un impacto político inmediato en el marco de las elecciones de medio término de 2025, donde el kirchnerismo espera consolidar su fuerza territorial y parlamentaria.

En el escenario actual, el fallo de la Corte puede leerse claramente no sólo como un hecho jurídico, sino como una jugada política que apunta a condicionar el futuro electoral de Cristina Kirchner, incluso si ella insiste en que no será candidata. La decisión judicial, en ese marco, aparece como una herramienta de disciplinamiento al peronismo y como parte de la disputa por el control del sistema institucional argentino.

Una Corte cuestionada, en medio de un deterioro institucional

El accionar de la Corte Suprema no está exento de críticas. Desde el Frente de Todos y otros sectores progresistas se acusa a los ministros de conformar una “mayoría automática de Clarín y Nación”, en una reedición del escenario de los años 90. La Corte, dicen, elige los tiempos y los casos con un criterio político, más que jurídico. Ejemplos sobran: el fallo sobre la coparticipación porteña, las dilaciones en causas de espionaje ilegal o la omisión deliberada en investigar los vínculos entre jueces, fiscales, empresarios y medios que viajaron juntos a Lago Escondido.

En este contexto, la intervención del máximo tribunal en la causa Vialidad no es neutra. La flamante condena será leída como un aval al armado judicial impulsado por Comodoro Py. El fallo marcará un antes y un después en la vida política argentina, sin ninguna duda.

¿Un 2025 con Cristina proscripta?

Cristina Fernández de Kirchner sigue siendo la figura central del peronismo. Su sola presencia ordena al movimiento, articula resistencias y genera adhesiones. Su reciente proscripción reconfigura el tablero político: obliga al kirchnerismo a reorganizar liderazgos y deja a la oposición con un triunfo pírrico, a la vez que profundiza la polarización.

Mientras tanto, el gobierno de Javier Milei, que construyó parte de su discurso sobre la antipolítica y la anticasta, hizo silencia stampa hasta ahora sobre el tema. El fallo adverso para Cristina es funcional a su narrativa de “limpieza institucional”, aunque también encendió nuevas tensiones en la calle, donde los sectores populares sienten que la democracia está siendo socavada por la elite judicial.

El futuro judicial de CFK como espejo del poder real

La causa Vialidad ya no es una causa. Es un símbolo. Representa el conflicto entre dos modelos de país: uno basado en la soberanía popular y la ampliación de derechos, y otro que privilegia el orden institucional como un cerrojo para limitar la voluntad democrática. La Corte Suprema está frente a una decisión que excede el expediente. Lo que defina no sólo marcará el destino judicial de Cristina, sino el pulso político de la Argentina en los próximos años.

El fallo

Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
 Expediente N.º 2833/CSJN
 "Fernández de Kirchner, Cristina Elizabet y otros s/defraudación a la administración pública – Recurso Extraordinario Federal"

En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de junio de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por los ministros doctores Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dicta lo siguiente:

SENTENCIA

I. VISTO:

El recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de la señora Cristina Elizabet Fernández de Kirchner contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2 de esta ciudad, confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, que la condenó a la pena de 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por considerarla coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública.

II. CONSIDERANDO:

Que el recurso ha sido admitido por la vía del artículo 14 de la Ley 48, al haberse planteado cuestión federal suficiente, en tanto se invocó la violación de garantías constitucionales tales como el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de legalidad.

Que, analizadas las actuaciones, esta Corte considera que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional.

Que la sentencia condenatoria se encuentra fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley.

Que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma.

III. POR ELLO:

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner.

Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal).

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