Rejas para el animal: lo mandaron a prisión por maltratar a un perro callejero

En un caso histórico en Entre Ríos, un hombre fue condenado a siete meses de prisión por agredir a un perro labrador en la calle. El tribunal reconoció al animal como víctima y sujeto de derecho, aplicando la ley contra el maltrato animal.

10-07-2024 - Por Visión Política

Rejas para el animal: lo mandaron a prisión por maltratar a un perro callejero

En un fallo sin precedentes en Entre Ríos, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná condenó a un hombre a siete meses de prisión efectiva por agredir a un perro labrador que dormía en la calle. El agresor, de 42 años, fue hallado culpable de maltrato animal y deberá cumplir su condena en la Unidad Penal N°1 de Paraná.

El Poder Judicial de Entre Ríos informó que el juez Mauricio Mayer homologó un acuerdo de juicio abreviado. Este acuerdo se realizó entre las partes del proceso, con la intervención de una querella que representó a Mateo, el labrador agredido. El perro fue golpeado con una botella y una piedra grande mientras dormía en la intersección de Echagüe e Irigoyen en la ciudad de Paraná.

El caso ganó notoriedad cuando la fundación “Mi reino por un caballo” solicitó que Mateo tuviera representación legal en el expediente. La jueza de Garantías N°3, María Gabriela Garbarino, aceptó la petición, reconociendo al perro como "víctima" y "sujeto de derecho". Los abogados Fernando Nicolás Di Benedetto y Cecilia Inés Domínguez representaron legalmente al perro en el proceso.

El incidente ocurrió el 30 de enero de 2023, cuando C.S.G. golpeó al labrador en plena zona céntrica, causando lesiones y cortes en violación de la Ley N° 14.346 de maltrato y crueldad animal. Gracias a la rápida intervención de un veterinario, el animal pudo ser salvado.

 

El juez Mayer validó el acuerdo propuesto por los fiscales Elizabet Comas y Martín Wasinger, la querella y los defensores del acusado, Fabricio Patat y Rodrigo Juárez. Mayer destacó que el "sujeto pasivo del delito" era un "animal no humano", apoyándose en precedentes judiciales de 2018, 2022 y 2023 que reconocen a los animales como "sujetos de derecho" y "víctimas" bajo la ley 14.346.

Esta normativa, vigente desde 1954, protege a los animales de actos de maltrato y crueldad, con penas de hasta un año de prisión. Entre los actos de maltrato, la ley incluye no alimentar adecuadamente a los animales, usarlos para trabajos excesivos sin descanso, y azuzarlos con instrumentos que causen dolor. Los actos de crueldad incluyen mutilaciones, torturas, sufrimientos innecesarios y matar animales por perversidad.

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El juez Mayer subrayó que la tendencia en Argentina es sancionar a quienes cometen actos de maltrato y crueldad contra animales, señalando la adhesión de Entre Ríos en 2017 a la Declaración Universal de los Derechos de los Animales de la ONU como un hito importante.

Además de la condena por maltrato animal, el hombre fue encontrado culpable de resistencia a la autoridad, robo en grado de tentativa, desobediencia, daño y lesiones leves en concurso real. Esta sentencia marca la primera condena en Entre Ríos por el delito de maltrato animal.